Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-20710

Real Decreto 1759/1998, de 31 de julio, sobre ampliación de los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Valenciana, en materia de educación (centros del Ministerio de Defensa).

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 31 de agosto de 1998, páginas 29553 a 29557 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1998-20710
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1998/07/31/1759

TEXTO ORIGINAL

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, y reformado por Ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo, establece en el artículo 35 que es de la competencia plena de la Generalidad Valenciana la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de lo dispuesto en

el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.a de la Constitución y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía.

Por el Real Decreto 2093/1983, de 28 de julio, se operó el traspaso de funciones y servicios en materia de educación, a la Comunidad Valenciana.

En dicho traspaso no se incluyeron los medios materiales y personales adscritos a los Colegios de Educación Primaria e Institutos de Educación Secundaria, cuyo titular es el Ministerio de Defensa, que por sus peculiaridades específicas se rigen por el convenio suscrito por los Ministerios de Defensa y Educación y Cultura, aprobado por Real Decreto 295/1988, de 25 de marzo.

Procede, por tanto, efectuar a la Comunidad Valenciana la ampliación de los medios necesarios para la prestación del servicio educativo en los citados centros.

La Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, adoptó al respecto el oportuno Acuerdo en su sesión del Pleno celebrado el día 20 de julio de 1998, cuya virtualidad práctica requiere su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 1998,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Valenciana, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, por el que se amplían los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Valenciana por el Real Decreto 2093/1983, de 28 de julio, en materia de educación, adoptado por el Pleno en dicha Comisión en su sesión del día 20 de julio de 1998, y que se transcribe como anexo al presente Real Decreto, en los términos allí especificados.

Artículo 2.

En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Valenciana el personal y los créditos presupuestarios correspondientes que figuran en las relaciones adjuntas al propio Acuerdo de la Comisión Mixta y que se incluye como anexo al presente Real Decreto, en los términos y condiciones que allí se especifican.

Artículo 3.

La ampliación de medios a que se refiere el presente Real Decreto tendrá efectividad a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta, sin perjuicio de que el Ministerio de Educación y Cultura, en el ámbito de su competencia, produzca hasta la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del Acuerdo.

Artículo 4.

Los créditos presupuestarios que se determinen con arreglo a la relación número 3 serán dados de baja en los conceptos de origen y transferidos por el Ministerio de Economía y Hacienda a los conceptos habilitados en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado destinados a financiar los servicios asumidos por las Comunidades Autónomas, una vez que se remitan al Departamento citado, por parte de la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Educación y Cultura, los respectivos certificados de retención de crédito, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la vigente Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998.

Disposición final única.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Palma de Mallorca a 31 de julio de 1998.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administraciones Públicas,

MARIANO RAJOY BREY

ANEXO

Don Antonio Bueno Rodríguez y doña Catalina Escuin Palop, Secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana,

CERTIFICAN

Que en la sesión plenaria de la Comisión Mixta, celebrada el día 20 de julio de 1998, se adoptó un Acuerdo sobre ampliación de los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana, en materia de educación, en los términos que a continuación se expresan:

A) Referencia a normas constitucionales, estatutarias y legales en las que se ampara la ampliación de medios.

Los artículos 148.1 y 149.1.30.a, en relación con los artículos 147.2.d) y 149.3 de la Constitución establecen la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, y reformado por Ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo, establece en el artículo 35 que es de la competencia plena de la Generalidad Valenciana la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.a de la Constitución y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía.

Mediante el Real Decreto 2093/1983, de 28 de julio, fueron traspasados a la Comunidad Valenciana funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de educación.

Finalmente, el Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Valenciana.

En consecuencia con lo expuesto, procede formalizar el acuerdo sobre ampliación del traspaso a la Comunidad Valenciana en materia de educación, referido a los servicios y medios que a continuación se determinan.

B) Servicios que se traspasan a la Comunidad Valenciana.

La Comunidad asume en relación con los centros escolares que se indican en la relación adjunta número 1, los servicios que respecto a los referidos centros ejerce la Administración Educativa del Estado.

C) Bienes, derechos y obligaciones de la Administración del Estado que son objeto de traspaso.

Se ceden a la Comunidad Valenciana, por un período de noventa y nueve años, los bienes inmuebles que se detallan en la relación adjunta número 1, de conformidad con lo establecido en el convenio suscrito entre ambas Administraciones al respecto.

D) Personal adscrito a los servicios que se traspasan.

1. El personal adscrito a los servicios que se traspasan y que aparece referenciado en la relación adjunta número 2, pasará a depender de la Comunidad Valenciana en los términos legalmente previstos en su Estatuto de Autonomía y demás normas en cada caso aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en sus expedientes de personal.

2. Por la Subsecretaría del Ministerio de Educación y Cultura se notificará a los interesados el traspaso y su nueva situación administrativa tan pronto el Gobierno apruebe el presente Acuerdo por Real Decreto. Asimismo se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Valenciana una copia certificada de todos los expedientes de este personal traspasado, así como los certificados de haberes referidos a las cantidades devengadas durante 1998.

E) Valoración de las cargas financieras correspondientes a la ampliación.

1. La valoración definitiva del coste efectivo que, en pesetas de 1996, corresponde a los servicios y medios traspasados se eleva a 208.125.827 pesetas.

2. La financiación, en pesetas de 1998, que correponde al coste efectivo anual de los servicios y medios traspasados se detallan en la relación adjunta número 3.

3. El coste efectivo, que figura detallado en los cuadros de valoración de la relación número 3, será financiado de la siguiente forma:

Transitoriamente, hasta que el coste efectivo se compute para revisar el porcentaje de participación de la Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado, el coste total se financiará mediante la consolidación en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado de los créditos relativos a los distintos componentes de dicho coste por los importes que se determinen, susceptibles de actualización por los mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos.

Las posibles diferencias que se produzcan durante el período transitorio a que se refiere el párrafo anterior, respecto de la financiación de los servicios transferidos, serán objeto de regularización, en su caso, al cierre del ejercicio económico, mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda.

F) Documentación y expedientes de los servicios que se traspasan.

La entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados se realizarán en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto por el que se apruebe este Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre.

G) Fecha de efectividad del Acuerdo de Ampliación de Medios.

La ampliación de servicios, con sus medios, objeto del presente Acuerdo, tendrá efectividad a partir del día 1 de septiembre de 1998.

Y para que conste, expedimos la presente certificación en Valencia a 20 de julio de 1998. Los Secretarios de la Comisión Mixta.–Firmado: Antonio Bueno Rodríguez y Catalina Escuin Palop.

RELACIÓN NÚMERO 1

Centros escolares sobre los que la Comunidad Valenciana asume las funciones y servicios ejercidos por el Ministerio de Educación y Cultura

Centro Localidad Domicilio
CP «Apostol Santiago». Valencia General Gil Dolz, número 10.
CP «Santo Ángel de la Guarda». Valencia San Vicente Mártir, número 246.
CP «Sector Aéreo». Valencia Santa Cruz de Tenerife, sin número.
CP «Jaime I El Conquistador». Paterna Carretera de la Cañada, sin número.

RELACIÓN NÚMERO 2

Relación nominal de personal docente que se traspasa a la Comunidad Valenciana

Apellidos y nombre NRP Situación
administrativa
Retribuciones Total
Retribuciones
anuales
Básicas Complement.
C.P. «Sector Aéreo»          
Funcionarios          
1. Alarte Querol, M.a del Carmen. A45EC071891 Activo. 2.578.758 1.844.724 4.423.482
2. Aspas Sanz, Manuel. A45EC109855 Activo. 2.512.006 1.785.528 4.297.534
3. Azcarraga Pascual, Mercedes. 1984169568A0597

Activo (Comisión

Servicios).

     
4. Baldo Climent, Julia. 2038402913A0597 Activo. 2.044.742 1.294.308 3.339.050
5. Calleja Galaz, Rosa M.a A45EC074197 Activo. 2.512.006 1.848.936 4.360.942
6. Cortés Bruñe, Adolfo.a A45EC108182 Activo. 2.512.006 2.124.012 4.636.018
7. García Luque, Ascensión. A45EC096833 Activo. 2.378.502 1.785.528 4.164.030
8. Gasco Albiach, Vicenta. A45EC185972 Activo. 2.311.750 1.569.936 3.881.686
9. González del Val, Gonzalo. A45EC140727 Activo. 2.311.750 1.561.332 3.873.082
10. González Ortega, M.a Pilar. 2268529902A0597 Activo. 2.044.742 1.294.308 3.339.050
11. Julián Garzarán, Francisco. A45EC151210 Activo. 2.311.750 1.569.936 3.881.686
12. Montero Jiménez, Ángel Eliseo. 453253835A0597 Activo. 2.044.742 1.863.768 3.908.510
13. Pérez Sanz, M.a del Pilar. A45EC122953 Activo. 2.378.502 1.785.516 4.164.018
14. Remón Esteban, M.a del Carmen. A45EC069045 Activo. 2.445.254 1.785.516 4.230.770
15. Rodrigo Tamarit, M.a Carmen. 2252504546A0597 Activo. 2.044.742 1.293.720 3.338.462
16. Salvago Marchena, Antonio. A45EC102579 Activo. 2.512.006 1.200.684 3.712.690
17. Sánchez Fernández, Juan María. A45EC174385 Activo. 2.244.998 2.124.012 4.369.010
18. Sánchez Vidal, Soledad. 7354990157A0597 Activo. 1.977.990 1.285.704 3.263.694
19. Vila Úbeda, Concepción. 1942741502A0597 Activo. 2.044.742 1.294.308 3.339.050
Interinos Curso 1997-98          
1. Galiano Pascual, Asunción. 215939500210597   1.844.472 1.192.068 979.891 (S. Social) 4.016.431
2. Agustina Cusi, Josefa. 737719931310597   1.844.472 1.192.068 979.891 (S. Social) 4.016.431
CP «Jaime I El Conquistador»          
Funcionarios          
1. Gallego Siles, Antonio. A45EC196260 Activo. 2.311.750 1.569.936 3.881.686
2. García Fernández, Antonio. A45EC199150 Activo. 2.178.246 1.683.624 3.861.870
3. Gil Iñigo, Joaquín. A45EC220840 Activo. 2.178.246 1.408.548 3.586.794
4. Giner Escriba, Mercedes. A45EC148626 Activo. 2.311.750 1.841.124 4.152.874
5. Gracia Martín, Juan José. A45EC207577 Activo. 2.178.246 1.412.436 3.590.682
6. Ivorra Bernabéu, José Luis. A45EC186522 Activo. 2.311.750 1.569.936 3.881.686
7. Miralles Sorli, María Antonia. A45EC201122 Activo. 2.244.998 1.574.208 3.819.206
8. Ortega Alegre, Concepción. 1309903668A0597 Activo. 2.111.494 1.412.436 3.526.930
9. Parra Mico, Salvador. A45EC147442 Activo. 2.311.750 2.135.508 4.447.258
10. Roberto Navarro, José Luis. A45EC135990 Activo. 2.311.750 2.135.508 4.447.258
11. Rocamora Pacheco, José María. A45EC167226 Activo. 2.244.998 1.569.948 3.814.946
12. Rubio Polo, Miguel. A45EC152220 Activo. 2.311.750 1.569.936 3.881.686
13. Sánchez Marchirant, María Eugenia. A45EC202657 Activo. 2.178.246 1.412.436 3.590.682
14. Sanz Velázquez, Miguel Ángel. 343420113A0597 Activo. 2.044.742 1.294.308 3.339.050
15. Torres Llacer, Miguel Ángel. A45EC191997 Activo. 2.244.998 1.569.936 3.814.934
16. Martín Maicas, Inmaculada Irene. 2431748424A0597 Activo. 2.044.742 1.287.732 3.332.474
17. Simor Server, Carlos Luis. A45EC202515 Excedencia.      
Interinos Curso 1997-98          
1. Moreno Pina, M.a Rosario. 232060662410597 Activo. 1.844.472 1.192.068 979.891 (S. Social) 4.016.431
2. Villar Vera, M.a Carmen. 443813274610597 Activo. 1.844.472 1.192.068 979.891 (S. Social) 4.016.431
CP «Santo Ángel de la Guarda»          
Funcionarios          
1. Abad Jimeno, Pilar. A45EC132249 Activo. 2.378.502 1.785.516 4.164.018
2. Blaya Peris, M.a Dolores. A45EC220812 Activo. 2.178.246 1.412.448 3.590.694
3. Font Frasquet, M.a Dolores. A45EC105926 Activo. 2.512.006 1.848.924 4.360.930
4. López Castel, M.a Consuelo. A45EC110613 Activo. 2.512.006 1.848.924 4.360.930
5. Malo Alcalá, M.a Encarnación. 2646003246A0597 Activo. 2.111.494 1.409.652 3.521.146
6. Marzo Guillén, M.a Luisa. A45EC108363 Activo. 2.511.964 2.124.012 4.635.976
7. Matamoros Roda, María Jesús. A45EC238213 Activo. 2.111.494 1.412.436 3.523.930
8. Méndez Pastor, M.a Teresa. 1945090113A0597 Activo. 2.111.494 1.687.512 3.799.006
9. Mendoza González, María José. 7376030424A0597 Activo. 2.111.494 1.412.436 3.523.930
10. Millán Hernández, Ana María. 2040856157A0597 Activo. 2.044.742 1.286.844 3.331.586
11. Montoliu Coronas, Concepción. A45EC236896 Activo. 2.111.494 1.406.628 3.518.122
12. Moreno Abril, Gregorio. A45EC123021 Activo. 2.445.212 2.354.976 4.800.188
13. Murillo Barrasa, Purificación. A45EC063668 Activo. 2.578.758 1.848.936 4.427.694
14. Palmero Salcedo, María Dolores. 1944163313A0597

Activo (Comisión

Servicios).

     
15. Pérez Bonmati, María. 2260193713A0597 Activo. 2.378.502 1.785.516 4.164.018
16. Puertas Moreno, M.a Cielo. A45EC104640 Activo. 2.512.006 1.848.936 4.360.942
17. Quintana Matutes, Margarita. A45EC131729 Activo. 2.445.254 1.785.528 4.230.782
18. Sánchez García, María Consuelo. A45EC139325 Activo. 2.378.502 1.785.528 4.164.030
19. Soler Barres, M.a Dolores. A45EC139270 Activo. 2.311.750 1.569.936 3.881.686
Interinos Curso 1997-98          
1. Fluixa Carrascosa, Natalia. 291742334610597 Activo. 1.844.472 1.192.068 979.891 (S. Social) 4.016.431
CP «Apostol Santiago»          
Funcionarios          
1. García Castro, Celia. A45EC70827 Activo. 2.578.758 2.105.736 4.684.494
2. Rico Martín, M.a Paz. A45EC75213 Activo. 2.512.006 1.785.516 4.297.522

En el supuesto de que resulte necesario introducir correcciones o adecuaciones en los datos que figuran en la presente relación, los mismos se llevarán a cabo mediante certificación expedida por la Secretaría de la Comisión Mixta de Transferencias.

RELACIÓN NÚMERO 3

Valoración del coste efectivo correspondiente a los servicios que se traspasan a la Comunidad Valenciana (en pesetas de 1998)

  Pesetas
Capítulo 1:  
18.05.422A.120.01 110.668.320
18.05.422A.120.05 23.964.640
18.05.422A. 12 1.00 47.952.000
18.05.422A. 12 1.01 48.060.696
18.05.422A.122.00 404.988
18.05.422C.160.00 4.899.457
 Total Capítulo 1 235.950.101
Capítulo 2:  
18.10.422A.229 3.998.165
 Total coste efectivo 239.948.266

 

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 31/07/1998
  • Fecha de publicación: 31/08/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 01/09/1998
  • Efectividad del traspaso desde el 1 de septiembre de 1998.
Referencias anteriores
  • AMPLÍA los medios traspasados por Real Decreto 2093/1983, de 28 de julio (Ref. BOE-A-1983-21475).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 35 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1982-17235).
    • Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-3156).
  • CITA:
Materias
  • Comunidad Valenciana
  • Comunidades Autónomas
  • Educación
  • Enseñanza
  • Ministerio de Educación y Cultura

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid