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Documento BOE-A-1998-18271

Orden de 27 de julio de 1998 por la que se desarrolla la estructura del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 1998, páginas 25849 a 25850 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-18271
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/07/27/(2)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, modificado por la disposición adicional decimoséptima de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, creó la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que, de acuerdo con la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 25 de septiembre de 1991, quedó efectivamente constituida el día 1 de enero de 1992, una vez realizadas las correspondientes adaptaciones organizativas y presupuestarias.

El apartado once.5 de la mencionada norma establece que el Ministro de Economía y Hacienda, por Orden, podrá organizar las unidades inferiores a Departamento, y habilitar al Presidente de la Agencia para dictar resoluciones normativas por las que se estructuran dichas unidades y se realice la concreta atribución de competencias.

Considerando lo previsto en el artículo 56, número trece, de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, se pretende conseguir una mayor coordinación en la lucha contra el fraude, sentando las bases organizativas para la plena incorporación del Servicio de Vigilancia Aduanera a estas tareas, pues si bien este Servicio se integró formalmente en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria desde la creación de ésta, lo cierto es que ha mantenido hasta el momento características organizativas y funcionales, heredadas de su anterior configuración como organismo autónomo, que no han facilitado la actuación conjunta y coordinada con los restantes órganos controladores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

La implantación del mercado único en la Unión Europea y la consiguiente desaparición de las fronteras fiscales, ha supuesto un importante cambio de escenario en los intercambios comerciales de nuestro país, lo que incide directamente en los controles que debe aplicar la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, en particular, los órganos dependientes del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales. En consecuencia, se hace preciso sentar las bases de una nueva organización del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales que posibilite la adecuación de los medios humanos y materiales a las actuales circunstancias de las operaciones de comercio exterior y de impuestos especiales.

La necesidad de potenciar la capacidad de asistencia e impulso en la Administración Aduanera hace necesaria una profunda reforma de la misma en su conjunto, que habilite al Departamento para proyectar sobre los servicios periféricos una política aduanera actualizada y eficaz, que les aporte los medios necesarios para una adecuada operatividad en el campo de los impuestos especiales, y que asegure al mismo tiempo una activa presencia en el ámbito de la Unión Europea y otros foros internacionales.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el número 5 del apartado once del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, dispongo:

Único.-Modificación de la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Se modifica el apartado quinto de la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que quedará redactado como sigue:

«Quinto. 1. El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales estará integrado por la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera y por las siguientes Subdirecciones Generales:

a) Subdirección General de Planificación, Estadística y Coordinación.

b) Subdirección General de Gestión Aduanera.

c) Subdirección General de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales.

d) Subdirección General de Inspección e Investigación.

e) Subdirección General Químico-Tecnológica.

f) Subdirección General de Relaciones Internacionales.

g) Subdirección General de Operaciones.

h) Subdirección General de Logística.

2. Dependerán directamente de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera las Subdirecciones Generales contempladas en las letras g) y h).» Disposición adicional primera. Supresión de determinados órganos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Quedan suprimidos los siguientes órganos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria:

La Dirección Adjunta del Servicio de Vigilancia Aduanera.

La Subdirección General de la Unión Aduanera, Relaciones Internacionales y Régimen Interior.

La Subdirección General de Asistencia Técnica y Procedimientos Aduaneros.

La Subdirección General de Planificación y Estadística.

La Subdirección General de Actuaciones Químico-Tecnológica.

La Subdirección General de Gestión de Tributos sobre Comercio Exterior.

Disposición adicional segunda.

La ejecución de las medidas organizativas previstas en la presente Orden no implicará aumento del gasto en el presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Disposición transitoria única.

Los funcionarios y demás personas que resulten afectados por las modificaciones orgánicas establecidas en la presente Orden percibirán la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia, manteniéndose, en tanto no se proceda a su modificación o readscripción de los puestos, las relaciones de puestos de trabajo que tuviesen aprobadas a la fecha de entrada en vigor de la presente Orden.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de julio de 1998.

DE RATO Y FIGAREDO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/07/1998
  • Fecha de publicación: 30/07/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 31/07/1998
Referencias anteriores
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Organización de la Administración del Estado

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