La Orden del Ministerio de Justicia e Interior, de fecha 26 de julio de 1994, reguló los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el mismo.
Entre ellos se encuentra el fichero denominado N.SIS/SIRENE, que, bajo la responsabilidad de la Secretaría de Estado de Interior, hoy Secretaría de Estado de Seguridad, tiene por finalidad la gestión de la parte española del Sistema de Información Schengen, respecto de personas y objetos, recogidos en el Instrumento de ratificación del Acuerdo de Adhesión del Reino de España al Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 81, de fecha 5 de abril de 1994, previéndose, en la Orden mencionada, en la modificación efectuada por la de 29 de marzo de 1996, cesiones de datos de este fichero a la Dirección General de la Policía, Dirección General de la Guardia Civil, Servicio de Vigilancia Aduanera, Asuntos Consulares, y Policía Autónoma Vasca.
Desde la publicación de la mencionada norma, otros Cuerpos de Policía Autónoma han venido asumiendo progresivamente competencias en materia de seguridad y protección de personas, dentro de sus respectivos ámbitos territoriales, en uso de las facultades que les están atribuidas por las normas de desarrollo constitucional y estatutario.
Igualmente, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, reconoce al personal de los Cuerpos de Policía Local el carácter de colaborador de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la participación en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos establecidos en esta Ley reguladora de las Bases de Régimen Local.
En consecuencia, procede incluir, entre los órganos destinatarios de las cesiones de datos que se prevén para el fichero N.SIS/SIRENE, en la Orden de 26 de julio de 1994, según la modificación introducida en la misma por la de 29 de marzo de 1996, a los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, y a los Cuerpos de Policía Local, en los niveles que se acuerde en los Protocolos que se suscriban de acceso a dichos datos.
En su virtud, dispongo:
En el apartado dedicado a la descripción del fichero N.SIS/SIRENE, incluido en el anexo de la Orden de 26 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal, gestionados por el Ministerio del Interior, el párrafo relativo a la cesión de datos de dicho fichero, modificado por la Orden de 29 de marzo de 1996, queda redactado de la forma siguiente:
«Cesión: Dirección General de la Policía, Dirección General de la Guardia Civil, Servicio de Vigilancia Aduanera, Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares, Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y Cuerpos de Policía Local.»
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de julio de 1998.
MAYOR OREJA
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