Vista la propuesta realizada por el operador del mercado para la aprobación de las Reglas de Funcionamiento del Mercado de Producción de Energía Eléctrica y la presentación del Contrato de Adhesión, de acuerdo con el artículo 27 del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica.
Tanto las reglas como el contrato presentados se consideran adecuados para la mejor ejecución del mencionado Real Decreto y de la Orden de 29 de diciembre de 1997, por la que se desarrollan algunos aspectos del mismo.
De acuerdo con lo anterior y previo informe de la Comisión Nacional del Sistema Eléctrico, esta Secretaría de Estado resuelve:
Se aprueban las Reglas de Funcionamiento del Mercado de Producción de Energía Eléctrica que figuran como anexo I de la presente Resolución.
Se aprueba el Contrato de Adhesión a las Reglas de Funcionamiento del Mercado de Producción de Energía Eléctrica que figuran como anexo II de la presente Resolución.
Dichos reglas y contrato mantendrán su vigencia hasta que se realice la última liquidación del mercado del correspondiente ejercicio de 1998, sin perjuicio de que anteriormente puedan ser modificadas si las circunstancias lo aconsejan.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Madrid, 30 de junio de 1998.‒El Secretario de Estado, Nemesio Fernández-Cuesta Luca de Tena.
Ilmo. Sr. Director general de la Energía y Sra. Presidenta de la Compañía Operadora del «Mercado Español de Electricidad, Sociedad Anónima».
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