Advertidos errores en la Orden de 4 de junio de 1998 por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública, insertada en el «Boletín Oficial del Estado» número 134, de 5 de junio de 1998, a continuación se transcribe la oportuna rectificación:
En la página 18599, columna de la derecha, último párrafo del apartado 4 «Documento de ingreso», donde dice: «... las tasas que se recaudasen...,», debe decir: «... las tasas que se recauden...».
En la página 18605, columna de la derecha, disposición derogatoria única, donde dice: «... los capítulos I, II, III, IV y VI», debe decir: «... los capítulos primero, II, III, IV y VI...».
En la misma página y en la misma columna, donde dice: «Disposición transitoria segunda», y donde dice: «Disposición transitoria tercera», debe decir: «Disposición final segunda» y «Disposición final tercera», respectivamente.
En las páginas 18610 y 18612, últimos párrafos de ambas, donde dice: «... el artículo 128 de la Ley General Tributaria...», debe decir: «... el artículo 127 de la Ley General Tributaria...».
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