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Documento BOE-A-1997-24972

Acuerdo de 12 de noviembre de 1997, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se dispone que la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz y la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga se constituyan en las ciudades de Ceuta y Melilla, respectivamente.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 1997, páginas 34413 a 34413 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1997-24972
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/1997/11/12/(2)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 80.2 y 269.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; el artículo 15 del Reglamento número 5/1995, de 7 de junio, de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales, y las Leyes Orgánicas 1/1995, de 13 de marzo, y 2/1995, de igual fecha, por las que se aprueban los Estatutos de Autonomía de Ceuta y Melilla, el Pleno del Consejo adopta el siguiente acuerdo:

Primero.-La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz y la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga, que fueron creadas por Real Decreto 610/1997, de 25 de abril, se constituirán en las ciudades de Ceuta y Melilla, respectivamente, desde el mismo momento de su entrada en funcionamiento.

Segundo.-Las mencionadas Secciones asumirán mediante reparto, desde la fecha en que inicien su actividad y con carácter exclusivo, el conocimiento de los asuntos civiles y penales correspondientes a las respectivas Audiencias y dimanantes de los Juzgados con sede en los respectivos partidos judiciales, excluyéndose desde la misma fecha al resto de las Secciones de las mismas Audiencias el reparto de dichos asuntos procedentes de los órganos judiciales radicados en las citadas ciudades.

Tercero.-Los asuntos que, procedentes de los partidos judiciales de Ceuta y Melilla, vienen atribuidos hasta el momento a las Secciones preexistentes de las Audiencias Provinciales de Cádiz y Málaga, respectivamente, permanecerán hasta su conclusión bajo el conocimiento de las mismas Secciones bajo cuya competencia recaen en la actualidad.

Madrid, 12 de noviembre de 1997.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 12/11/1997
  • Fecha de publicación: 22/11/1997
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 610/1997, de 25 de abril (Ref. BOE-A-1997-11003).
    • art. 15 del Reglamento 5/1995 publicado por Acuerdo de 7 de junio de 1995 (Ref. BOE-A-1995-17001).
    • Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo (Ref. BOE-A-1995-6359).
    • Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo (Ref. BOE-A-1995-6358).
    • arts. 80.2 y 269.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Ceuta
  • Melilla

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