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Documento BOE-A-1997-16631

Resolución de 19 de julio de 1997, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se delegan determinadas competencias en el Director del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 1997, páginas 22720 a 22720 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-16631
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1997/07/19/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de la Presidencia de 11 de julio de 1997 por la que se reorganizan los Servicios Centrales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dictada a propuesta conjunta de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas, ha efectuado una reordenación de los Servicios Centrales de la Agencia, así como una nueva distribución de cometidos entre sus Departamentos, derogando la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de Secretaría de Gobierno de 26 de diciembre de 1991, sobre estructura y competencias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El apartado primero de la citada Orden de 11 de julio de 1997 crea el Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica, atribuyéndole su apartado octavo funciones anteriormente asignadas a los Departamentos de Recursos Humanos y Económico-Financiero, que quedan suprimidos por la disposición adicional primera de la Orden.

En consecuencia, es preciso proceder a modificar el régimen de delegación de competencias de esta Presidencia, sobre las materias afectadas, para adaptarlo a la nueva estructura.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el apartado 3.2 del artículo 103 de la Ley 31/1990, y conforme al artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Primero.-Se delegan en el Director del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica las siguientes competencias:

a) La resolución de los concursos para la provisión de puestos de trabajo y los nombramientos correspondientes.

b) La concesión del reingreso al servicio activo a través de la participación en convocatorias de concursos a que se refiere el apartado 1 del artículo 29 bis de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Segundo.-Se delegan en el Director del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica las siguientes competencias:

a) Todas las competencias que atribuye al órgano de contratación la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en relación con los contratos que hayan de celebrarse por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en los que la misma sea parte, siempre que la cuantía de aquéllos no exceda de 150.000.000 de pesetas y se refieran a los Servicios Centrales de la Agencia. Se exceptúan de la delegación los contratos o convenios que se celebren con otros entes o Administraciones Públicas.

b) Las competencias para realizar todas las operaciones de financiación, inversión y disposición de fondos que sean precisas para la gestión ordinaria de la Tesorería de la Agencia.

Tercero.-En todo caso, el Director del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica podrá, en el ámbito de las competencias que por la presente disposición se le delegan, someter al Presidente los expedientes que por su trascendencia considere conveniente.

Cuarto.-La delegación de atribuciones contenidas en esta Resolución es revocable en cualquier momento por el órgano que la confiere, quien, asimismo, podrá avocar para sí el conocimiento de cualquier asunto comprendido en ella, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Quinto.-Las resoluciones que se adopten en uso de la delegación contenida en la presente disposición indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Sexto.-A partir de la entrada en vigor de esta Resolución quedan revocadas las siguientes disposiciones:

a) La Resolución de 25 de julio de 1996, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre delegación de competencias en el Jefe del Gabinete Técnico.

b) La letra a) del número 1 del apartado primero y el número 1 del apartado tercero de la Resolución de 17 de mayo de 1996, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se delegan determinadas competencias en el personal directivo de la misma.

Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de julio de 1997.-El Presidente, Juan Costa Climent.

Ilmo. Sr. Director del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/07/1997
  • Fecha de publicación: 24/07/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 25/07/1997
  • Fecha de derogación: 09/08/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Economía y Hacienda

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