El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), fue adaptado completamente desde el 1 de enero de 1997 por Resolución de 16 de diciembre de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 23), y modificado parcialmente por Resoluciones de 27 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» número 27, del 31); de 21 de febrero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» número 60, de 11 de marzo); de 21 de marzo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril); de 23 de abril de 1997 («Boletín Oficial del Estado» número 103, del 30); de 6 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» número 112, del 10), y de 23 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» número 129, del 30). Habiéndose producido, desde esta última Resolución la publicación de diferente normativa comunitaria que supone la variación en cuanto a los códigos puntualizables, procede actualizarlos sustituyendo los códigos afectados, por lo que se acuerda lo siguiente:
Primero.-Actualizar la Nomenclatura y Codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A y aplicables desde el 1 de julio.
Segundo.-Incluir como anexo B los códigos TARIC que se suprimen a partir del 1 de julio de 1997.
Tercero.-Actualizar la relación de códigos adicionales según los contenidos en el anexo C y aplicables desde el 1 de julio.
Cuarto.-Incluir como anexo D los códigos adicionales que se suprimen a partir del 1 de julio de 1997.
Quinto.-La presente actualización será aplicable desde el 1 de julio de 1997.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de junio de 1997.-El Director del Departamento, Joaquín de la Llave de Larra.
(ANEXOS A, B, C Y D OMITIDOS)
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