La Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD), establece que las Administraciones Públicas responsables de ficheros automatizados deberán adoptar una disposición de regulación de los ficheros, o adaptar la que existiera. Por Orden de 26 de julio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 27) se procedió a la regulación de los ficheros ges tionados por el Ministerio de Justicia e Interior, a cuya regulación se añade, por la presente Orden, un nuevo fichero.
Por consiguiente, a fin de dar cumplimiento al mandato legal de adaptación de la regulación de todos los ficheros automatizados gestionados por el Ministerio del Interior, y asegurar a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos, dispongo:
Primero.-De conformidad con lo determinado en la disposición adicional segunda, número 2, de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y a los efectos previstos en la misma, se describe en el anexo I de esta Orden el fichero NEDAES, a cargo de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, incluido en el ámbito de aplicación de dicha Ley y sometido al régimen general de la misma.
Segundo.-Este fichero automatizado que se describe en el anexo se regirá por las disposiciones generales e instrucciones relativas a él, y estará sometido, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que le sean aplicables.
Tercero.-El titular del órgano responsable de este fichero automatizado, adoptará, bajo la superior dirección del Ministerio del Interior, las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y en sus normas de desarrollo.
Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de mayo de 1997.
MAYOR OREJA
ANEXO
Ficheros autorizados que contienen datos de carácter personal gestionados por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias
Fichero: NEDAES (Nómina Estándar Descentralizada de la Administración del Estado).
Usos previstos: Administrativos.
Finalidad: Gestión de la nómina del personal pendiente de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Personas y/o colectivos afectados: Altos cargos, funcionarios, personal laboral.
Procedencia: Administraciones Públicas e intere sados.
Procedimiento de recogida de datos: Formularios y declaraciones facilitadas por los interesados. Encuestas y entrevistas.
Estructura básica y descripción de los tipos de datos de carácter personal:
Estructura básica: Fichero de estructura Sistema Gestor de Base de Datos Relacional Oracle.
Tipos de datos: De carácter identificativo, características personales, académicos y profesionales, detalles de empleo y carrera administrativa.
Cesiones de datos previstas (artículo 18.E): Ministerio de Economía y Hacienda, Ministerio de Administraciones Públicas, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Administración de Justicia, Sindicatos.
Órgano de la Administración responsable: Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Unidad o servicios ante los que se puede ejercitar el derecho de acceso, rectificación o cancelación: Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
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