El Tribunal Constitucional, por providencia de 3 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2.281/1997, planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Palma de Mallorca, respecto del artículo 380 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, por poder vulnerar los artículos 1.1, 9.3, 17.3, 18.1, 24.2, 25.2 y 53 de la Constitución.
Madrid, 3 de junio de 1997.-El Secretario de Justicia.Firmado y rubricado.
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