El Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de enero de 1996, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4.098/1995, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en relación con el artículo 67.1 del texto articulado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, de la Ley de Bases 18/1989, de 25 de julio, y el artículo único, base octava, punto 2, de la Ley anterior, por posible vulneración del artículo 25.1 de la Constitución.
Madrid, 30 de enero de 1996.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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