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Documento BOE-A-1996-28217

Circular 11/1996, de 29 de noviembre, a entidades de crédito. Modificación de la Circular 13/1988, de 27 de octubre, sobre altos cargos de las entidades de crédito.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 18 de diciembre de 1996, páginas 37570 a 37573 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-1996-28217
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1996/11/29/11

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 692/1996, de 26 de abril, sobre el régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito, corresponde al Banco de España la creación y gestión de un Registro de Altos Cargos de dichas entidades. Dicha norma establece, además, determinadas condiciones que deben reunir las inscripciones a realizar en el citado Registro.

Esta circunstancia, unida a la próxima transformación de las entidades de crédito de ámbito operativo limitado en tal clase de establecimientos, obliga a modificar lo establecido en la Circular 13/1988, de 27 de octubre, en la que se establece la obligación de las entidades de crédito de ámbito operativo limitado, y de otras entidades sujetas a la supervisión del Banco, de remitirle información actualizada sobre sus cargos de administración.

En consecuencia, y haciendo uso de las facultades conferidas, el Banco de España ha dispuesto:

Norma única.

Se introducen las siguientes modificaciones en la Circular 13/1988, de 27 de octubre:

El apartado 1 de su norma única queda redactado como sigue:

«El Instituto de Crédito Oficial, los establecimientos financieros de crédito, las sociedades de garantía recíproca y de reafianzamiento, y las sociedades de tasación, deberán informar al Banco de España de las personas que ostente cargos de administración en las mismas, cumplimentando el formulario que figura como anejo a la presente Circular, que deberá solicitarse en el Banco de España.

En el caso de los establecimientos financieros de crédito, a la solicitud de inscripción se acompañará copia del documento que acredite la aceptación del cargo, en el que deberá figurar la declaración a que se refiere el apartado 3, del artículo 5 del Real Decreto 692/1996, de 26 de abril.»

Se añaden dos nuevos párrafos al apartado 3 de dicha norma única, con el siguiente contenido:

«Las informaciones exigidas con arreglo a lo previsto en el apartado 1 de esta norma y en el primer párrafo del presente apartado deberán remitirse al Banco de España en el plazo máximo de quince días desde que se hubiera producido la aceptación del cargo o la variación correspondiente.

Una vez efectuada la inscripción en el Registro de Altos Cartos, se comunicará a la entidad correspondiente, la cual deberá dar traslado de dicha comunicación al interesado.»

Se suprime el formulario A-1.

El formulario A-2 pasa a denominarse A.1.

Disposición transitoria.

1. Los datos recibidos en el Banco de España, de conformidad con lo previsto en la Circular 13/1988, de 27 de octubre, respecto a los cargos de administración de las entidades de financiación, sociedades de arrendamiento financiero y sociedades de crédito hipotecario, se incorporarán de oficio al Registro de Altos Cargos de los establecimientos financieros de crédito en el momento en que sea inscrita en el correspondiente Registro especial la transformación de cada entidad en establecimiento financiero de crédito.

2. En tanto se produzca su transformación en establecimientos financieros de crédito, y como máximo hasta el 1 de enero de 1997, las entidades de crédito de ámbito operativo limitado seguirán cumpliendo con las exigencias establecidas en la presente Circular.

Entrada en vigor.

La presente Circular entrará en vigor en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Gobernador, Luis Ángel Rojo Duque.

(FORMULARIO A-1 OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 29/11/1996
  • Fecha de publicación: 18/12/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 18/12/1996
  • Fecha de derogación: 20/01/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • MODIFICA los apartados 1 y 3 de la Circular 13/1988, de 27 de octubre (Ref. BOE-A-1988-26160).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 5.3 del Real Decreto 692/1996, de 26 de abril (Ref. BOE-A-1996-11609).
Materias
  • Altos cargos
  • Banca
  • Banco de España
  • Empresas de arrendamiento financiero
  • Entidades de financiación
  • Establecimientos financieros de crédito
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Sociedades de Garantía Recíproca

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