El Real Decreto 1639/1996, de 5 de julio, aprobó el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, adoptado por el Pleno de dicha comisión celebrado el 25 de junio de 1996, por el que se traspasaban las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de asociaciones, así como los medios materiales, personales y presupuestarios adscritos a los mismos.
Procediendo ahora modificar la relación de medios personales que fueron objeto de traspaso mediante el Real Decreto antes citado, la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia adoptó al respecto el oportuno acuerdo en su sesión del Pleno celebrado el día 14 de noviembre de 1996.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de noviembre de 1996,
D I S P O N G O :
Artículo 1.
Se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, adoptado por el Pleno de dicha comisión en fecha 14 de noviembre de 1996, por el que se modifican los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de asociaciones.
Artículo 2.
En consecuencia, la correspondiente relación de medios personales que fue objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia mediante el Real Decreto 1639/1996, de 5 de julio, queda modificada en los términos que figuran en el anexo del presente Real Decreto.
Disposición final única.
El presente Real Decreto será publicado simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Galicia», adquiriendo vigencia a partir de su publicación.
Dado en Madrid a 22 de noviembre de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Administraciones Públicas,
MARIANO RAJOY BREY
ANEXO
Doña Rosa Rodríguez Pascual y don Alfonso Vaquero Marín, Secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia,
C E R T I F I C A N:
Que en la sesión plenaria de la Comisión Mixta, celebrada el día 14 de noviembre de 1996, se adoptó un acuerdo sobre modificación de la relación de medios personales traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia por el Real Decreto 1639/1996, de 5 de julio, en los términos que a continuación se indican:
A) Medios traspasados que se modifican.
1. Queda sin efecto el traspaso de los medios personales que se indican en la relación adjunta número 1.
2. Se modifica la relación número 2 del anexo al acuerdo de traspaso aprobado por Real Decreto 1639/1996, de 5 de julio, incluyéndose el personal que se indica en la relación adjunta número 2.
B) Fecha de efectividad del traspaso.
El traspaso objeto de este acuerdo tendrá efectividad a partir del día 14 de noviembre de 1996.
Y para que conste, expedimos la presente certificación en Madrid a 14 de noviembre de 1996.-Los Secretarios de la Comisión Mixta, Rosa Rodríguez Pascual y Alfonso Vaquero Marín.
RELACIÓN NÚMERO 1
Transferencias a la Comunidad Autónoma de Galicia
Retribuciones anuales (1994) / Básicas
-
Pesetas / Comple-
mentarias
-
Pesetas / Total
-
Pesetas / Número de Registro
de Personal / Situación
administrativa / Apellidos y nombre / Cuerpo
o Escala / Puesto de trabajo / Localidad
Muradas Ramos, Constante Juan / 3527510702A1122 / Gestión. / J. Sec. Autor. Admvas. / Activo. / Pontevedra. / 2.166.192 / 1.381.104 / 3.547.296
RELACIÓN NÚMERO 2
Transferencias a la Comunidad Autónoma de Galicia
Retribuciones anuales (1994) / Básicas
-
Pesetas / Comple-
mentarias
-
Pesetas / Total
-
Pesetas / Número de Registro
de Personal / Situación
administrativa / Apellidos y nombre / Cuerpo
o Escala / Puesto de trabajo / Localidad
Martín Hernández, Eugenio / 1768217246A1122 / Gestión. / J. Sección Administraciones Territoriales. / Activo. / Pontevedra. / 2.149.882 / 1.381.104 / 3.530.986
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