En la publicación del Instrumento de Adhesión de España a la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías, hecha en Viena el 11 de abril de 1980, aparecida en el «Boletín Oficial del Estado» número 26, de fecha 30 de enero de 1991 (página 3173), se ha advertido el siguiente error:
1. En la página 3173 columna derecha:
Artículo 46.3, en su segunda frase, donde dice: «La petición de que no se reparen las mercaderías deberá formularse»; debe decir: «La petición de que se reparen las mercaderías deberá formularse».
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