En virtud del Real Decreto 2206/1993, de 17 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 305, del 22), se crean las Delegaciones del Ministerio de Defensa, que constituyen la estructura periférica de esta Ministerio, disponiéndose en su artículo 4, apartado f) las competencias que les corresponden a los Delegados de Defensa en materia de gestión de personal civil.
En desarrollo del citado Real Decreto, la Orden 111/1995, de 25 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 182, de 1 de agosto), crea las delegaciones de Burgos, León, Murcia, Toledo, Vizcaya y Zaragoza.
Por Orden 62/1994, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 146, del 20), se establece la relación de competencias que se atribuyen a los Delegados, estando prevista que dicha asunción se realice por resolución del Subsecretario de Defensa, motivo por el cual,
He resuelto:
A partir del 4 de septiembre de 1996, los Delegados de Defensa de Burgos, León, Murcia, Toledo, Vizcaya y Zaragoza, asumirán las competencias que la Orden 62/1994, de 13 de junio, recoge a su anexo con los números de orden 58 a 65 para personal funcionario y 66 a 75 para personal laboral.
La Dirección General de Personal, a través de la Subdirección General de Personal Civil, efectuará cuantas actuaciones correspondan a dicha asunción.
Madrid, 2 de septiembre de 1996.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
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