Los concursos de pronósticos sobre resultados de partidos de fútbol están regulados por las normas que fueron aprobadas por Resolución de este organismo de fecha 1 de julio de 1996, y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 163, de fecha 6 de julio, con vigor desde el comienzo de la temporada de concursos 1996/1997.
Como consecuencia de los acuerdos alcanzados entre la Liga de Fútbol Profesional y las empresas de televisión correspondientes a la temporada 1996/1997, carecerían de validez, a efectos del concurso de pronósticos, los partidos que se celebrasen en lunes, de acuerdo con lo establecido en la norma 40.ª Dada la importancia que para los pronosticadores de la quiniela pueden tener los partidos que se celebren los lunes, se hace necesario modificar las normas 40.ª y 66.ª, con objeto de ampliar en veinticuatro horas el plazo del desarrollo del concurso, a fin de posibilitar la participación en el mismo de todos los equipos.
En consecuencia, esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5.º, apartado 2, punto 8, del Real Decreto 904/1985, de 11 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 20), ha resuelto:
Primero.-Las normas 40.ª y 66.ª de las que regulan los concursos de pronósticos de la apuesta deportiva, que fueron aprobadas por Resolución de 1 de julio de 1996, quedan redactadas como sigue:
«Norma 40.ª Serán nulos, a efectos de estas normas, los resultados de los partidos incluidos en el concurso que se inicien antes de las dieciséis horas del día inmediato anterior al de la fecha de la jornada o después de las veinticuatro horas del día inmediato posterior al de la fecha de la jornada».
«Norma 66.ª Todos los plazos previstos en las presentes normas están determinados por la fecha de celebración del concurso en el que participa cada boleto. Si como consecuencia de aplicación de la norma 40.ª el concurso finalizase el día inmediato posterior al de la fecha de la jornada, se entenderán ampliados todos los plazos en un día».
Segundo.-Lo dispuesto en esta Resolución tendrá efectos a partir de la tercera jornada de la temporada 1996/1997.
Madrid, 6 de septiembre de 1996.-La Directora general, Purificación Esteso Ruiz.
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