El Tribunal Constitucional, por Providencia de 16 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1.724/1995, planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Reus, respecto del artículo 9.2 del Código Civil, en la redacción anterior a la Ley 11/1990, de 15 de octubre, por poder vulnerar los artículos 1.1, 9.2 y 14 de la Constitución.
Madrid, 16 de enero de 1996.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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