El Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de mayo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2.043/1996, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria respecto de los artículos 6, 12 y 13 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, por poder vulnerar el artículo 22.1 de la Constitución.
Madrid, 28 de mayo de 1996.-El Secretario de Justicia.
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