Advertidos errores en la publicación de la Orden de 11 de enero de 1996, sobre cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional para 1996, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 12, de fecha 13 de enero de 1996, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo 2, punto 2, segundo párrafo, donde dice: «Para los trabajadores que tengan cumplida la edad de dieciocho años o sean mayores de dicha edad: 76.080 pesetas mensuales», debe decir: «Para los trabajadores que tengan cumplida la edad de dieciocho años o sean mayores de dicha edad: 75.690 pesetas mensuales».
En el artículo 2, punto 2, tercer párrafo, donde dice: «Para los trabajadores menores de dieciocho años: 50.250 pesetas mensuales», debe decir: «Para los trabajadores menores de dieciocho años: 58.590 pesetas mensuales».
En el artículo 6, línea tercera, donde dice: «... 76.030 pesetas mensuales», debe decir: «... 75.690 pesetas mensuales».
En el artículo 10, punto 2.1, párrafo cuarto del cuadro de bases, línea cuarta, donde dice: «... y artísticas de circo», debe decir: «... y artistas de circo».
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