Advertida errata en la inserción del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 313, de fecha 31 de diciembre de 1994, páginas 39573 y 39574, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la tabla de porcentajes de retención contenida en el apartado 1 del artículo único, columna Importe rendimiento anual - pesetas, donde dice: «Más de 2.227.000...», debe decir: «Más de 2.277.000...».
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