Advertidos errores en el texto mencionado, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 295, de 11 de diciembre de 1995, se transcriben a continuación las rectificaciones oportunas:
Página 35528:
Columna izquierda, artículo 2, primer párrafo, segunda y tercera líneas:
Donde dice: «... la base de cotización anual que corresponda con arreglo al artículo precedente por el tipo de...», debe decir: «... la base de cotización anual por el tipo de...».
Página 35529:
Columna izquierda, segundo párrafo, apartado b):
Donde dice: «Cuando disfrute de licencia...», debe decir: «Cuando disfruten de licencia...».
Columna izquierda, artículo 6, primer párrafo, quinta línea: Presupuestarios:
Donde dice: «..., y se llevará de acuerdo...», debe decir: «..., y se llevarán de acuerdo...».
Columna derecha, disposición derogatoria punto 1:
Eliminar: «d) Orden de la Presidencia del Gobierno de 3 de abril de 1981, sobre normas de cotización al Fondo Especial».
La letra «e)» pasa a denominarse «d)».
Columna derecha, punto 1 de la disposición final segunda, tercera línea:
Donde dice: «... las instrucciones y órdenes...», debe decir: «... las instrucciones u órdenes...».
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