Mediante Resolución de 1 de septiembre de 1986 se resolvió delegar la competencia para la autorización de devolución de avales en los titulares de determinados puestos de esta Dirección General.
En el tiempo transcurrido desde la adopción de dicha Resolución, se ha publicado el Real Decreto 1651/1991, de 8 de noviembre, que regula la estructura orgánica y delimitación de competencias entre las Secretarías de Estado de Economía y Comercio, en cuyo artículo 3 se suprimían la Subdirección General de Comercio Exterior de Productos de Origen Animal y la Subdirección General de Comercio Exterior de Productos de Origen Vegetal.
La Subdirección General del Comercio Exterior de Productos Agroalimentarios desarrolla, desde entonces, las funciones atribuidas a la Dirección General de Comercio Exterior en materia de Comercio Exterior de Productos Agropecuarios, por el Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, por el que se estructura el Ministerio de Economía y Hacienda.
De acuerdo con lo anterior, dispongo:
Primero.-El apartado primero queda sustituido por el siguiente:
«La autorización para la devolución de avales queda atribuida en el Subdirector general del Comercio Exterior de Productos Agroalimentarios.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad del Subdirector general, le suplirán los titulares de los siguientes puestos, según el orden de prelación que se indica:
Primero: Secretario general de la Dirección General de Comercio Exterior.
Segundo: Consejero Técnico de la Subdirección General de Comercio Exterior de Productos Agroalimentarios.
Tercero: Jefe de Servicio de Materia Grasa.»
Segundo.-Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de octubre de 1995.-El Director general, Francisco Javier Sansa Torres.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Comercio Exterior de Productos Agroalimentarios.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid