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Documento BOE-A-1995-23521

Ley 4/1995, de 2 de octubre, relativa a la modificación del artículo 5.1 de la Ley 8/1987, de 9 de diciembre, por la que se crea la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y regulación de los servicios de radiodifusión y televisión gestionados por la Junta de Andalucía.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 1995, páginas 31532 a 31532 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1995-23521
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-an/l/1995/10/02/4

TEXTO ORIGINAL

El Presidente de la Junta de Andalucía, a todos los que la presente vieren, sabed:

Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confiere la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente LEY Exposición de motivos

La presente Ley tiene como objeto garantizar el respeto a la pluralidad de la sociedad andaluza en el Consejo de Administración de RTVA y de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria.

«Artículo único.

5.1 El Consejo de Administración se compone de quince miembros, elegidos por el Parlamento, por mayoría de dos tercios, entre personas de relevantes méritos profesionales, y teniendo en cuenta criterios de pluralismo político, a propuesta de los Grupos Parlamentarios. El Consejo de Administración será nombrado por el Consejo de Gobierno y se constituirá en el plazo de un mes desde la elección de sus miembros.

El Director general asiste a las reuniones del Consejo de Administración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.3.»

Sevilla, 2 de octubre de 1995.

LUIS PLANAS PUCHADES

Consejero de la Presidencia / MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente

Publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 131, del martes 10 de octubre de 1995

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 02/10/1995
  • Fecha de publicación: 28/10/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 11/10/1995
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Ley 18/2007, de 17 de diciembre, (Ref. BOE-A-2008-1185).
  • Publicada en el BOJA núm. 131, de 10 de octubre de 1995.
  • Fecha de derogación: 15/01/2008
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 5.1 de la Ley 8/1987, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-955).
  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-633).
Materias
  • Andalucía
  • Radiodifusión
  • Televisión

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