En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 10 del Real Decreto 763/1993, de 21 de mayo, y el artículo 6 del Real Decreto 1648/1995, de 13 de octubre, y oído el Consejo General del Poder Judicial, dispongo:
Artículo 1.
El día 27 de diciembre de 1995 tendrán efectividad las plazas de Magistrado en las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia y en las Secciones de las Audiencias Provinciales que se relacionan en el artículo 1, apartados 1 y 2, y en el artículo 3 del Real Decreto 1648/1995, de 13 de octubre (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del 14).
Artículo 2.
1. El día 27 de diciembre de 1995 iniciarán sus actividades las siguientes Secciones:
Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería.
Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.
Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Girona.
Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Tarragona.
Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante.
2. El día 27 de diciembre de 1995 entrarán en funcionamiento los siguientes Juzgados:
Juzgado Central de Instrucción
Número 6.
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
Número 2 de Almuñécar.
Número 9 de Huelva.
Número 5 de Torremolinos.
Número 2 de Coria del Río.
Número 5 de Granadilla de Abona.
Número 11 de Santa Cruz de Tenerife.
Número 9 de Sabadell.
Número 6 de Figueres.
Número 3 de Catarroja.
Número 2 de Picassent.
Número 2 de Marín.
Número 4 de Coslada.
Número 3 de Arganda del Rey.
Número 3 de Collado-Villalba.
Juzgados de lo Penal
Número 3 de Almería.
Número 2 de Ceuta.
Número 7 de Alicante.
Número 3 de Castelló de la Plana.
Número 2 de Ourense.
Juzgados de lo Social
Número 2 de Ferrol.
Número 3 de Badajoz.
Número 6 de Murcia.
Número 3 de Vitoria-Gasteiz.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 17 de octubre de 1995.
BELLOCH JULBE
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid