El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado para el año 1995 por Resolución de 20 de diciembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 31), actualizado posteriormente por Resolución de 30 de marzo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 29 de abril) y por Resolución de 10 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 25).
Habiéndose producido la publicación de diferente normativa tanto nacional como comunitaria, lo que supone una variación sobre la estructura actual del TARIC por la aplicación de medidas concretas, se hace necesaria la adaptación de la Resolución de 10 de julio de 1995.
Hay que significar que no se publica el texto íntegro de todas las partidas TARIC dado su gran volumen, relacionándose exclusivamente los códigos que han sufrido alguna variación en cualquiera de los datos que les afectan o en las medidas que tienen asociadas. Esto supone que siempre que se haya producido una variación con respecto del último TARIC publicado completo (Resolución de 10 de julio, con entrada en vigor el 1 de septiembre), ya sea en la designación de la mercancía (columna 2), unidades suplementarias (columna 3), códigos adicionales (columna 4) y observaciones (columna 5), se recogerán todas sus modificaciones, publicándose el resultado final del código íntegramente. Para facilitar su lectura se agrupan hasta el nivel de la nomenclatura combinada. También se incluye, a efectos informativos, en el anexo II de la presente Resolución, una relación de códigos que se han cerrado y abierto.
Basándose en todo lo anterior, se acuerda lo siguiente:
Primero.-Queda actualizada parcialmente la codificación y nomenclatura del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), establecido por Resolución de 10 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 25), según se recoge en el anexo I.
Segundo.-Se actualizan los datos relativos a los «Grupos de Países» para Papúa Nueva Guinea, Siria y Venezuela, según el cuadro siguiente:
Países / Cod. / Sig. / Grupo de países
Papúa Nueva Guinea / 801 / PG / SPG / LOMA
(Incluidas: Nueva Bretaña, Nueva Irlanda, Lavongai, las islas del Almirantazgo, Bougainville, Buka, las islas Green, d'Entrecasteaus, Trobriand Woodlakr y el archipiélago de las Louisiade y sus dependencias.)
Siria / 608 / SY / SPG / AC.PREF
Venezuela / 484 / VE / SPG(MD)
Tercero.-Con efectos únicamente informativos se incluye, como anexo II, la relación de códigos TARIC que se han cerrado y abierto con referencia al TARIC establecido en la Resolución de 10 de julio.
Cuarto.-La presente actualización será aplicable a partir del 1 de noviembre de 1995.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 5 de octubre de 1995.-El Director del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, Joaquín Bobillo Fresco.
(En suplemento aparte se publican los anexos correspondientes)
(ANEXOS OMITIDOS)
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