Vista la propuesta del Ministro de Trabajo y Seguridad Social y el informe del Consejo de Universidades, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se suprimen las pruebas de reválida y el trabajo de fin de carrera que, para la obtención del título de Graduado Social, exige la Orden de 26 de septiembre de 1980 ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de octubre), en el anexo a la misma.
Lo dispuesto en el párrafo anterior afectará a cuantos, hasta el momento, tengan pendiente la superación de las pruebas de reválida o la realización del trabajo de fin de carrera.
Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 10 de marzo de 1994.
SUAREZ PERTIERRA
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid