El Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de febrero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 389/1994, planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, respecto de la disposición transitoria cuarta, apartado 7., de la Ley 45/1985, de 23 de diciembre, de Impuestos Especiales, por poder vulnerar el artículo 9.3 de la Constitución.
Madrid, a 22 de febrero de 1994.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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