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Documento BOE-A-1994-4046

Orden de 17 de febrero de 1994 por la que se modifican los precios máximos de venta en los municipios de Madrid y Barcelona, y sus áreas de influencia de las viviendas de protección oficial a las que se refiere el Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 1994, páginas 5701 a 5701 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1994-4046
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1994/02/17/(1)

TEXTO ORIGINAL

La disposición adicional tercera del Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre, sobre medidas de financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda del Plan 1992-1995, autoriza a los Ministros de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y de Economía y Hacienda para que, por Orden conjunta, modifiquen los precios máximos establecidos para los diferentes tipos de actuaciones protegibles a que se refiere el mismo Real Decreto.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y de Economía y Hacienda, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 16 de diciembre de 1993, dispongo:

Primero.-El precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas de protección oficial que se califiquen provisionalmente a partir de la entrada en vigor de la presente Orden en los municipios de Madrid y Barcelona, será de 1,35 veces el módulo ponderado vigente aplicable al área primera, para viviendas calificadas en régimen general, y de 1,13 veces dicho módulo ponderado para las calificadas en régimen especial.

Segundo.-Dicho precio máximo de venta será de 1,25 veces el mismo módulo ponderado para las viviendas calificadas de protección oficial en régimen general y de 1,04 veces para las calificadas en régimen especial, cuando las viviendas se ubiquen en los municipios incluidos en las áreas de influencia de Madrid y Barcelona.

Tercero.-A los efectos de la presente Orden se entenderán incluidos en el área de influencia de los municipios de Madrid y Barcelona, respectivamente, aquellos relacionados en la Orden de 9 de abril de 1992 por la que se establecen los municipios ubicados en las áreas de influencia de los de Madrid y Barcelona, a los efectos de fijar los precios máximos de venta de viviendas libres a precio tasado previstas en el Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre.

Cuarto.-Se autoriza al Director general para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente para que dicte las resoluciones que sean necesarias para el desarrollo de la presente Orden.

Quinto.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>, si bien sus efectos se aplicarán a partir del 1 de enero de 1994.

Madrid, 17 de febrero de 1994.

PEREZ RUBALCABA

Excmos. Sres. Ministros de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y de Economía y Hacienda.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/02/1994
  • Fecha de publicación: 22/02/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 23/02/1994
  • Efectos desde el 1 de enero de 1994.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN : Orden de 22 de febrero de 1994 (Ref. BOE-A-1994-4251).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional tercera del Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-604).
  • CITA Orden de 9 de abril de 1992.
Materias
  • Barcelona
  • Comunidades Autónomas
  • Madrid
  • Precios
  • Viviendas de Protección Oficial

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