El Tribunal Constitucional, por providencia de 20 de septiembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2876/94, planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, respecto del artículo 27.6.2 de la Ley 44/1978, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en la redacción dada al mismo, para el ejercicio de 1989, por el artículo 84.1 de la Ley 37/1988, de Presupuestos Generales del Estado para 1989, por poder vulnerar los artículos 14 y 31.1 de la Constitución.
Madrid, 20 de septiembre de 1994.-El Secretario de Justicia.
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