El pasado 3 de enero de 1994 (<Boletín Oficial del Estado> del 5) se aprobó la Orden por la que se dictan normas sobre la prórroga y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 1994/1995. Esta Orden establece que las solicitudes de modificación de los conciertos educativos se presentarán a lo largo del mes de enero. La misma Orden abre, por primera vez, la posibilidad de que los centros concertados puedan modificar su concierto educativo para implantar anticipadamente el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria. La necesidad de que los centros dispongan de tiempo suficiente para adoptar, en colaboración en su caso con las respectivas comunidades educativas, la decisión más adecuada aconseja ampliar el plazo de presentación de las instancias de modificación de conciertos, atendiendo las propuestas formuladas en este sentido por las organizaciones representativas de los centros privados.
Por todo lo cual, he dispuesto:
El plazo previsto en el punto primero de la Orden de 3 de enero de 1994, por la que se dictan normas sobre la prórroga y modificación de los conciertos educativos, se amplía hasta el 20 de febrero de 1994 para las solicitudes de modificación del concierto. Para las solicitudes de prórroga de los conciertos se mantiene el plazo inicialmente previsto, debiendo presentarse, por tanto, antes del 1 de febrero de 1994.
Madrid, 20 de enero de 1994.
SUAREZ PERTIERRA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación e Ilmo. Sr. Subsecretario de Educación y Ciencia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid