El Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 342/1993, planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, respecto del artículo 129.1 de la Ley General de la Seguridad Social, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 5/1992, de 21 de julio, y, más tarde, por la Ley 28/1992, de 24 de noviembre, por si pudiera vulnerar el artículo 41 de la Constitución.
Madrid, 9 de marzo de 1993.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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