Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la mencionada Orden, inserta en el <Boletín Oficial del Estado> número 5, del día 6 de enero de 1993, se transcribe a continuación la correspondiente rectificación:
En el artículo 5. 1. donde dice:
<Los productores que hayan solicitado la prima por primera vez en la campaña 1992 como consecuencia de haber heredado o tomado a su cargo la explotación de otro productor que hubiera obtenido la prima en 1991 y hubiese cesado en la producción ovina en 1992, obtendrán los derechos que éste habría conseguido de haberse mantenido en la producción en 1992>,
debe decir:
<Los productores que hayan solicitado la prima en la campaña 1992 como consecuencia de haber heredado o tomado a su cargo la explotación de otro productor que hubiera obtenido la prima en 1991 y hubiese cesado en la producción ovina en 1992, obtendrán los derechos que éste habría conseguido de haberse mantenido en la producción en 1992.>
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