El Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de febrero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 173/1993, planteada por la Sección Undécima de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid, respecto del artículo 737 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en la redacción dada al mismo por la Ley 10/1992, de 30 de abril, de medidas urgentes de reforma procesal, por si pudiera ser contrario a los artículos 81 y 122.1 de la Constitución.
Madrid, 16 de febrero de 1993.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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