Advertidos errores en el texto del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, publicado en el <Boletín Oficial del Estado> número 156, de fecha 30 de junio de 1992, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 22244, primera columna, artículo 20, apartado 1, párrafo d), donde dice: <Solicitar la licencia y edificación...>, debe decir: <Solicitar la licencia de edificación...>.
En la página 22245, segunda columna, artículo 34, última línea, donde dice: <... 30.1 y 31.1, respectivamente.>, debe decir: <... 30.1 y 31.2, respectivamente.>.
En la página 22247, primera columna, artículo 54, primera línea, donde dice: <... regulado en el artículo 26.2...>,debe decir: <... regulado en el artículo 27.2...>.
En la página 22247, segunda columna, artículo 57, última línea, donde dice: <... artículos 30.1 y 3; 31.1;...>, debe decir: <... artículos 30.1 y 3; 31.2;...>.
En la página 22247, segunda columna, artículo 62, párrafo segundo, primera línea, donde dice: <En defecto del planteamiento...>, debe decir: <En defecto de planeamiento...>.
En la página 22249, segunda columna, artículo 76, párrafo c), primera línea, donde dice: <... en los artículos 13 y 16...>, debe decir: <... en los artículos 13 y 15...>.
En la página 22253, segunda columna, artículo 106, apartado 1, tercera línea, donde dice: <... secciones 5.y 6....>, debe decir: <... secciones 3. y 4....>.
En la página 22255, primera columna, artículo 121, párrafo primero, cuarta línea, donde dice: <... apartado 3) del artículo 119...>, debe decir: <... apartado 2 del artículo 117...>.
En la página 22257, segunda columna, artículo 149, apartado 3, octava línea, donde dice: <... del incumplimiento de los derechos...>, debe decir: <... del incumplimiento los derechos...>.
En la página 22257, segunda columna, artículo 151, apartado 2, última línea, donde dice: <... de apropiación al área de reparto...>, debe decir: <... de apropiación del área de reparto...>.
En la página 22257, segunda columna, artículo 152, apartado 1, segunda línea, donde dice: <... susceptibles de aprobación...>, debe decir: <... susceptibles de apropiación...>. Y en el apartado 2, cuarta línea, donde dice: <... situación inversa o incluidas...>,debe decir: <... situación inversa e incluidas...>.
En la página 22258, primera columna, artículo 154, apartado 2, segundo párrafo, cuarta línea, donde dice: <Si tales fueran superiores, ...>. debe decir: <Si tales superficies fueran superiores, ...>.
En la página 22258, primera columna, artículo 155, apartado 1, párrafo a), primera línea, donde dice: <... de las obras de viabilidad, ...>, debe decir: <... de las obras de vialidad, ...>. Y en la línea sexta, donde dice: <... salvo que la parte que deban...>, debe decir: <... salvo la parte que deban...>.
En la página 22258, primera columna, artículo 157, apartado 2, párrafo primero, sexta línea, donde dice:
<... acordar sobre la apropiación inicial...>, debe decir:
<... acordar sobre la aprobación inicial...>.
En la página 22258, segunda columna, artículo 158, apartado 2, primera línea, donde dice: <... incorporarse a la Junta de Empresas...>, debe decir: <... incorporarse a la Junta las empresas...>.
En la página 22258, segunda columna, artículo 159, apartado 1, tercera línea, donde dice: <... afectados a los resultantes de la gestión...>, debe decir: <... afectados a los resultados de la gestión...>.
En la página 22260, primera columna, artículo 168, apartado 1, cuarta línea, donde dice: <... propietario que aportó la indemnización...>, debe decir: <... propietario que la aportó la indemnización...>.
En la página 22262, primera columna, artículo 199, apartado 1, párrafo a), tercera línea, donde dice: <... delimitación de integración...>, debe decir: <... deli mitación e integración...>.
En la página 22263, primera columna, artículo 206, apartado 1, párrafo d), donde dice: <... la constitución o aplicación del...>, debe decir: <... la constitución o ampliación del...>.
En la página 22264, primera columna, inmediatamente antes del artículo 216, debe figurar: CAPITULO II.-Justiprecio.
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