El Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 112/93, planteada por el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, respecto del último inciso del párrafo 2. del artículo 969 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por poder vulnerar el artículo 24 de la Constitución.
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