Habiéndose advertido errores en la publicación del texto de la Ley 3/1993, de 22 de septiembre, de Régimen Local de La Rioja, en el <Boletín Oficial del Estado> número 250, del día 19 de octubre de 1993, por este anuncio se procede a su rectificación en los términos que se expresan:
Artículo 11, punto 1, línea segunda, donde dice:
<... podrá llevarse a cabo la fusión o incorporación cuando se dé alguna ...>, debe decir: <... podrá llevarse a cabo la fusión o incorporación si ocurre alguna ...>.
Artículo 21, línea cuarta, donde dice: <... de nuevos municipios,>, debe decir: <... de nuevos municipios.>.
Artículo 53, apartado a), línea primera, donde dice: <Aquéllos que ...>, debe decir: Aquellas que ...>.
Artículo 53, apartado b), línea primera, donde dice: <Aquéllos que ...>, debe decir: Aquellas que ...>.
Artículo 59, línea quinta, donde dice: <la constituyen ...>, debe decir: <las constituyen ...>.
Artículo 61, línea segunda, donde dice: <y no podrán incluir ...>, debe decir: <y no podrá incluir ...>.
Artículo 63, punto 2, línea segunda, donde dice: <definitiva formalización ...>, debe decir: <definitiva formación ...>.
Artículo 80, línea primera, donde dice: <referida la certificación ...>, debe decir: <recibida la certificación ...>.
Artículo 84, línea tercera, donde dice: <o acordadas de oficio ...>, debe decir: <o acordados de oficio ...>.
Artículo 87, punto 1, línea tercera, donde dice: <de agrupación de municipios ...>, debe decir: <de agrupaciones de municipios ...>.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid