El Registro Oficial de Cine-Clubs, creado por la Orden del Ministerio de Información y Turismo de 11 de marzo de 1957, y reglamentado por la de 4 de julio de 1963, adscrito al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, ha sido desde su creación hasta las transferencias en materia cultural a las Comunidades Autónomas el órgano a través del cual las Asociaciones que cumplían los requisitos establecidos en las disposiciones citadas podían obtener las ayudas económicas y demás ventajas previstas en las mismas.
Actualmente, al tener transferidas las Comunidades Autónomas la materia de <ayuda a Cine-Clubs>, el Registro Oficial de Cine-Clubs ha quedado sin contenido, por lo que conviene su supresión, sin perjuicio de que aquéllas, si así lo estimasen conveniente, procedan a crear Registros Oficiales para la concesión de sus ayudas a dicho sector.
En su virtud, y previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, ha tenido a bien disponer:
Primero.-Quedan derogadas las Ordenes del Ministerio de Información y Turismo de 11 de marzo de 1957, por la que se creó el Registro Oficial de Cine-Clubs, y de 4 de julio de 1963, por la que se aprobó su Reglamento.
Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de octubre de 1993.
ALBORCH BATALLER
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
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