Con la promulgación del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el sistema arbitral de consumo, debe acelerarse el establecimiento de las Juntas Arbitrales de Consumo previstas en el mismo en todo el Estado. A tenor de lo establecido en el artículo 3., 2, del mencionado Real Decreto, dicho establecimiento se realizará mediante suscripción de acuerdos entre el Instituto Nacional del Consumo y las distintas Administraciones Públicas competentes.
Por ello, y a fin de agilizar los trámites para dicho establecimiento, y de acuerdo con lo establecido en los artículo 13 y 14 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previa la aprobación de la Ministra, esta Presidencia acuerda la delegación de competencias que a continuación se señala:
Primero.-Se delega en el Director general del Instituto Nacional del Consumo las competencias del artículo 3., 2, del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, que corresponden al Presidente del Instituto Nacional del Consumo para la suscripción de los acuerdos con las distintas Administraciones Públicas para la implantación de las Juntas Arbitrales de Consumo, de ámbito municipal, de mancomunidad de municipios, provincial y autonómico.
Segundo.-La delegación de competencias que se realiza en esta Resolución se entiende sin perjuicio de avocar en cualquier momento el conocimiento y resolución de cuantos asuntos comprendidos en ella se consideren oportunos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero.-Cuantos actos y resoluciones se adopten en ejercicio de las competencias conferidas en virtud de esta Resolución harán constar expresamente la delegación, con mención de la fecha de aprobación de la Resolución y su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 15 de octubre de 1993.-El Presidente del Instituto Nacional del Consumo, José Conde Olasagasti.
Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de Consumo.
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