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Documento BOE-A-1993-24621

Real Decreto 1396/1993, de 4 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 1254/1990, de 11 de octubre, por el que se regula la utilización de nombres geográficos protegidos por denominaciones de origen, genéricas y específicas en productos agroalimentarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 12 de octubre de 1993, páginas 28871 a 28871 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1993-24621
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1993/08/04/1396

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de las Comunidades Europeas ha aprobado el 14 de julio de 1992 el Reglamento (CEE) 2081/92, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, estableciendo su ámbito de aplicación, definiciones y requisitos para beneficiarse de ellas, tramitación para su registro y régimen de protección.

No habiéndose aprobado aún las medidas de aplicación del citado Reglamento al etiquetado y presentación de los productos amparados por indicaciones geográficas o denominaciones de origen, se ha recibido una propuesta de la Comisión de las Comunidades Europeas en el sentido de modificar el texto del artículo único del Real Decreto 1254/1990, de 11 de octubre, por el que se regula la utilización de nombres geográficos protegidos por denominaciones de origen, genéricas y específicas en productos agroalimentarios, de forma que se consiga el objetivo legítimo de proteger las denominaciones reconocidas mediante procedimientos menos restrictivos que los establecidos en el citado Real Decreto 1254/1990.

En su virtud, oídos los sectores afectados y las Comunidades Autónomas, previo informe preceptivo de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria, de acuerdo con el Consejo de Estado, a propuesta del

Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de agosto de 1993,

DISPONGO:

Artículo único.

Se modifica el texto del artículo único del Real Decreto 1254/1990, de 11 de octubre, por el que se regula la utilización de nombres geográficos protegidos por denominaciones de origen, genéricas y específicas en productos agroalimentarios, que queda redactado como sigue:

<Queda prohibido el uso indebido en el etiquetado de los nombres geográficos coincidentes con los de una denominación de origen, específica o genérica, entendiéndose por uso indebido la presentación de dichos nombres conforme a modalidades que excedan los usos habituales tradicionales en materia de indicación de domicilio del fabricante, distribuidor o importador de los productos de análoga naturaleza a los protegidos, y que puedan inducir a error al consumidor.>

Disposición derogatoria única.

Queda derogada la disposición adicional primera del Real Decreto 1254/1990, de 11 de octubre, por el que se regula la utilización de nombres geográficos protegidos por denominaciones de origen, genéricas y específicas en productos agroalimentarios.

Disposición final única.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Dado en Madrid a 4 de agosto de 1993.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Agricultura,Pesca y Alimentación,

VICENTE ALBERO SILLA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 04/08/1993
  • Fecha de publicación: 12/10/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 13/10/1993
Referencias anteriores
  • DEROGA la disposición adicional primera y modifica el artículo Unico del Real Decreto 1254/1990, de 11 de octubre (Ref. BOE-A-1990-25092).
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento (CEE) 2081/92, de 14 de julio (Ref. DOUE-L-1992-81207).
Materias
  • Alimentación
  • Denominaciones de origen
  • Envases
  • Etiquetas

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