El Tribunal Constitucional, por providencia de 29 de junio actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2038/1993, promovido por el Gobierno Valenciano contra el artículo 16.1 y 3 y disposición final segunda, apartados 2 y 4 (y, por conexión con éstos, los artículos 4, 11 <in fine>, disposiciones transitorias quinta y sexta, disposición derogatoria en lo referente a la derogación del recurso cameral, y disposición final primera); artículo 3 [y, por conexión, los artículos 2.e) <in fine>, 4, 18.2, h), 23.3 y disposición final segunda, apartado 3], y artículos 22.1 <in fine> y 22.2, párrafo segundo (y, por conexión, el artículo 23.3), de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
Madrid, 29 de junio de 1993.-El Secretario de Justicia.
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