El Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de diciembre actual, ha admitido a trámite el Conflicto positivo de competencia número 2.959/1992, planteado por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, en relación con los apartados 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, y los anexos de la Orden del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de 19 de agosto de 1992 (<Boletín Oficial del Estado> del 26 del mismo mes de agosto), por la que se conceden incentivos para la mejora de la competitividad de las medianas y pequeñas empresas e instituciones turísticas de acuerdo con el Plan marco de Competitividad del Turismo Español (Plan FUTURES), y los apartados 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, y los anexos de la Orden del mismo Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de 19 de agosto de 1992 (<Boletín Oficial del Estado> de 1 de septiembre siguiente), por la que se conceden incentivos a las pequeñas y medianas empresas y entidades turísticas para la realización de acciones de promoción de la oferta turística española de acuerdo con el Plan Marco de Competitividad del Turismo Español (Plan FUTURES).
Madrid, 15 de diciembre de 1992.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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