La Orden de 29 de septiembre de 1988 (<Boletín Oficial del Estado> de 1 de octubre) estableció la suspensión de la elaboración de los cartones de las series <AF> y <AG> y ordenó la elaboración de la serie <Al>, confeccionándose dicha serie de cartones con valores faciales de 200, 500 y 1.000 pesetas.
Asimismo, la Orden de 30 de diciembre de 1992 (<Boletín Oficial del Estado> de 12 de enero de 1993), ordena la elaboración de un cartón de 300 pesetas para el juego del bingo y se dispone la suspensión de la fabricación del cartón de 200 pesetas.
Como consecuencia de estas modificaciones se hace necesario realizar las oportunas adaptaciones en el modelo de la Tasa Fiscal sobre el Juego, Salas de Bingo.
Por otra parte, por razones de homogeneización procede cambiar el código del <Modelo 30A, Actos Jurídicos Documentados, Exceso de Letras de Cambio>, pasando a denominarse <Modelo 630, Actos Jurídicos Documentados, Exceso de Letras de Cambio>, modificando, asimismo, el anexo I de la <Orden de 15 de octubre de 1992, por la que se dictan las normas de actuación de las Entidades de Depósito que prestan el servicio de caja en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria>.
Por lo anteriormente expuesto y haciendo uso de las autorizaciones que tiene conferidas, este Ministerio tiene a bien disponer:
Primero.-Aprobación del modelo 043:
Se aprueba el modelo de solicitud-liquidación 043, que figura como anexo de la presente Orden. Este modelo será de uso obligatorio para los sujetos pasivos de la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar devengada con ocasión de la adquisición de los cartones necesarios para el desarrollo del juego en las salas de bingo, en aquellas Comunidades Autónomas que no tengan delegadas las funciones de gestión.
El citado modelo consta de tres ejemplares: Carta de pago, talón de cargo y ejemplar para la Administración.
Segundo.-Plazos. Lugar de presentación e ingreso:
Según establece el artículo 9. del Real Decreto 2221/1984, de 12 de diciembre, en el juego del bingo la tasa será satisfecha mientras esté vigente la autorización que determina su devengo y siempre con anterioridad a la retirada de los cartones.
Para ello, los interesados presentarán en la Dependencia o Sección de Gestión Tributaria de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o Administración dependiente de la misma, en cuya demarcación territorial esté ubicada la sala de bingo, la solicitud de liquidación por triplicado (modelo 043) con debida cumplimentación de los datos que se solicitan, adjuntando, a su vez, fotocopia de la autorización administrativa con exhibición del original. La Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente efectuará la liquidación, estampando el sello de la oficina y la firma del funcionario que la haya realizado.
Una vez practicada la liquidación, el interesado procederá al ingreso de la Tasa en la Entidad de Depósito que presta el servicio de caja en dicha Delegación o Administración. Asimismo se ingresará el importe de los cartones, y contra la exhibición de las correspondientes cartas de pago se le hará entrega de los cartones solicitados, acompañando una guía que servirá de justificante de su tenencia y destino.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.-Desde la entrada en vigor de la presente Orden el modelo 30A, Actos Jurídicos Documentados (Exceso Letras de Cambio), aprobado por Orden de 27 de junio de 1980, pasará a denominarse modelo 630, Actos Jurídicos Documentados (Exceso de Letras de Cambio). No obstante, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor podrán seguir utilizándose los modelos antiguos.
Segunda.-Se modifica el anexo I de la Orden de 15 de octubre de 1992, por la que se dictan las normas de actuación de las Entidades de Depósito que prestan el servicio de caja en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sustituyéndose en el punto 1, apartado B, la denominación <30A, Actos Jurídicos Documentados, Exceso de Letras de Cambio>, por la de <630, Actos Jurídicos Documentados, Exceso de Letras de Cambio>.
DISPOSICION DEROGATORIA
Queda derogado y sin efecto el modelo de solicitud-liquidación para salas de bingo aprobado por Orden de 11 de diciembre de 1980, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 11 de mayo de 1993.
SOLCHAGA CATALAN
Ilmos. Sres. Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Director general de Tributos.
(IMAGEN 1 OMITIDA)
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