Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la Orden de 28 de diciembre de 1992, inserta en el <Boletín Oficial del Estado> número 314, de 31 de diciembre de 1992, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:
En la página 44775, primera columna, el punto primero, primer párrafo, debe decir: <Será de aplicación opcional el capítulo 2 (Libros de Contabilidad) del título II (Documentos y Libros) de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Local, a excepción de las Reglas 58, 61, 62 y 63, que mantienen su carácter obligatorio, en todo caso. Será, igualmente, de aplicación opcional el capítulo 2 (Libros de Contabilidad) del título II (Documentos y Libros) de la Instrucción de Contabilidad del tratamiento especial simplificado para Entidades locales de ámbito territorial con población inferior a 5.000 habitantes, a excepción de las reglas 42, 45, 46 y 47, que mantienen su carácter obligatorio en todo caso.>.
En la página 44775, primera columna, punto primero, segundo párrafo, donde dice: <...relativa...>, debe decir: <...relativas...>.
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