La experiencia acumulada en el funcionamiento del Ministerio de Defensa en sus relaciones con la jurisdicción militar, la Fiscalía Togada y con los Servicios Jurídicos del Estado, así como en la administración de establecimientos penitenciarios militares, aconseja atribuir a la Asesoría Jurídica General del Ministerio de Defensa nuevas competencias relacionadas con estos ámbitos.
A iniciativa del Ministro de Defensa y a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de abril de 1992,
DISPONGO:
Artículo único. La Asesoría Jurídica General del Ministerio de Defensa, con rango orgánico de Dirección General, además de las funciones, dependencia y condiciones que determina el artículo 17 del Real Decreto 1/1987, de 1 de enero, y sin perjuicio de las competencias específicas del Ministro de Defensa y del Secretario de Estado de Administración Militar, es el centro directivo encargado de las relaciones del Ministerio de Defensa con los órganos de gobierno de la jurisdicción militar, la Fiscalía Togada y la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado. Asimismo, asistirá a la Secretaría de Estado de Administración Militar en el estudio, preparación y ejecución de cuantos asuntos se le encarguen relativos a la administración penitenciaria militar.
DISPOSICION FINAL
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Dado en Madrid a 15 de abril de 1992.
JUAN CARLOS R.
El Ministro para las Administraciones Públicas,
JUAN MANUEL EGUIAGARAY UCELAY
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid