El Tribunal Constitucional. por auto de 17 de marzo actual, ha acordado levantar la suspensión de la aplicación de los artículos 15. I.b). 18 y 23 de la Ley del Parlamento de Cataluña 16/1991. de 10 de julio, de las Policias Locales,'cuya suspensión se dispuso por providencia de 28 de octubre de 1991, publicada el 8 de noviembre siguiente en el «Boletín Oficial del Estado», que fue dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 2.091/1991. planteado por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículos 161.2 de la Constitución.
Madrid, I7 de mano de 1992 —El Presidente del Tribunal Constitucional TOMAS Y VALIENTE
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