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Documento BOE-A-1992-3896

Cuestión de inconstitucionalidad número 88/1992.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 1992, páginas 5828 a 5828 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1992-3896

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 10 DE FEBRERO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 88/1992, PLANTEADA POR LA SECCION PRIMERA DE LA SALA DE O CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, RESPECTO DE LOS ARTICULOS 15.3, 17 Y 19 DE LA LEY 20/1989, DE 28 DE JULIO, DE ADAPTACION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Y DEL IMPUESTO EXTRAORDINARIO SOBRE EL PATRIMONIO DE LAS PERSONAS FISICAS, EN CUANTO PUDIERAN VULNERAR LOS ARTICULOS 9.3 Y 25 DE LA CONSTITUCION.

MADRID, 10 DE FEBRERO DE 1992. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 10/02/1992
  • Fecha de publicación: 19/02/1992
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara su desestimación en relación con determinados preceptos, por Sentencia 38/1997, de 27 de febrero (Ref. BOE-T-1997-6816).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad los arts. 15.3, 17 y 19 de la Ley 20/1989, de 28 de julio (Ref. BOE-A-1989-18093).
Materias
  • Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Tribunal Constitucional

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