El Tribunal Constitucional, por providencia de 25 de agosto actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2061/1992, planteado por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña contra la disposición adicional primera, de la Ley 9/1992, de 30 de abril, de mediación de Seguros Privados, en su punto uno, en relación con los artículos 15 al 20, 24 al 31 y con la disposición adicional tercera, en su punto dos, y en su punto tres, en relación con los artículos 15.1, 18.5 y 19.1.
Madrid, 25 de agosto de 1992.-El Secretario de Justicia.
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