Advertidas erratas en el texto del Real Decreto 1814/1991, de 20 de diciembre, por el que se regulan los mercados oficiales de futuros y opciones, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 310, de 27 de diciembre de 1991, se procede a efectuar. las oportunas rectificaciones:
En la página 41635, segunda columna, articulo 5, número 1, primera línea, donde dice: «... que el Ministerio...», debe decir: «... que el Ministro...».
En la página 41638, primera columna, artículo 19, número 3, quinta línea, donde dice: «... por cuenta de los miembros con plena...», debe decir: «... por cuenta de los mismos con plena...».
En la página 41638, segunda columna, disposición transitoria, las menciones: «Primera», «Segunda» y «Tercera» de la misma deben sustituirse por los números «1», «2» y «3», respectivamente.
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