El Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros, contiene en su artículo primero, una relación de actividades prioritarias a los efectos de percepción de ayudas establecidas en la citada Disposición, y faculta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para ampliar dicha relación de actividades para un ejercicio económico concreto.
Apreciadas necesidades específicas de mejora en la transformación y comercialización de ciertos sectores productores, y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado ñ) del artículo primero del referido Real Decreto, dispongo:
Artículo 1: En base al apartado ñ) del artículo primero del Real Decreto 1462/1986, tendrán el carácter de actividades prioritarias durante el año 1992, las actividades que se relacionan en el anexo a la presente Orden.
Artículo 2: Las ayudas establecidas en el Real Decreto 1462/1986, podrán ser aplicadas a las actividades mencionadas en el artículo anterior, para aquellas solicitudes que se hayan formalizado o se formalicen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1992.
Madrid, 12 de junio de 1992.
SOLBES MIRA
Ilmos. Sres. Secretario General de Alimentación y Director general de Industrias Agrarias y Alimentarias.
ANEXO
1. Aceite de oliva: Envasado y distribución mayorista, siempre que sea realizado como un proceso integrado con la propia elaboración.
Procesos y/o instalaciones destinados a la eliminación de residuos contaminantes.
2.
Granos, semillas, leguminosas y forrajes: Selección, secado, envasado, molienda y almacenamiento.
3. Cereales: Fabricación de expandidos y copos.
4. Subproductos de la poda, limpieza forestal y de los aserraderos:
Transformaciones para el empleo en alimentación animal o con fines energéticos.
5. Madera y corcho: Apeo, desramado, descortezado, tronzado, transporte y almacenamiento. Aserrío y secado de maderas nacionales.
Preparación del corcho en plancha.
Triturado, granulado y pulverizado del corcho.
6.
Plantas aromáticas y medicinales: Destilación o extracción de aceites esenciales.
Desecado y procesado.
7. Tabaco: Almacenamiento, manejo, acondicionado y procesado del tabaco.
8. Carne: Precocinados de carne.
Despiece de canales de aves y conejos.
Preparación de tripas.
Traslado y modernización de mercados de ganado.
Lonjas de contratación.
Adecuación a las disposiciones sanitarias de mataderos, salas de despiece, industrias y almacenes frigoríficos necesarios para los procesos de transformación.
9. Pescado: Elaboración de conservas y semiconservas.
Elaboración de productos congelados y precocinados.
Preparación y comercialización de productos de acuicultura y piscicultura.
Aprovechamiento de subproductos en instalaciones no autónomas.
Instalación o ampliación de unidades de comercio mayorista en destino vinculadas al sector extractivo o transformador.
Adecuación a las disposiciones sanitarias de las instalaciones necesarias para el desarrollo de las actividades anteriores.
10. Piensos compuestos: Reestructuración del sector en territorios insulares.
Modernización de instalaciones sin incremento de la capacidad de producción.
Elaboración de piensos compuestos especiales con destino a la acuicultura.
Nuevas instalaciones cuya capacidad teórica de producción no sobrepase la suma de capacidades de otras industrias que cesen en su actividad.
11.
Leche y productos lácteos: Producción de leches gelificadas, acidificadas y aromatizadas sin incremento de la capacidad de utilización de leche.
Elaboración de helados y sorbetes a base de leche, componentes de la leche y productos lácteos, sin incremento de la capacidad de utilización de leche.
Instalación de laboratorios para el control de la calidad de productos terminados.
Instalación de centros de pasterización de leche, sin incremento de la capacidad de utilización de leche.
Modernización de instalaciones para la obtención de leche esterilizada y UHT, sin aumento de la capacidad de utilización de leche.
Fraccionamiento (espesamiento) de lactosueros para la utilización en alimentación animal, sin incremento de la capacidad de utilización de leche.
Adecuación de establecimientos a las disposiciones sanitarias.
12. Turrones y mazapanes: Mejora de la productividad y calidad en los procesos industriales de elaboración.
13.
Vinos: Envasado y comercialización de vinos, siempre que sea realizado con un proceso integrado con la propia elaboración.
14. Aguas minerales:
Envasado.
15. Azúcar: Instalaciones de depuradoras para eliminación de residuos.
Mejoras destinadas al ahorro de energía.
16. Otros: Mezclas de productos, vegetales o animales, secos o deshidratados, troceados, molidos o granulados, con destino a alimentación humana.
Pastelería industrial.
Fabricación de bombones y chocolates.
Fabricación de caramelos, chicles, confites y golosinas.
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