1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 del Decreto-ley de 4 de febrero de 1964 y 2.1 de la Ley 46/1980, de 1 de octubre, el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado ha elaborado los índices de precios de mano de obra y los de materiales de la construcción aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado correspondientes al mes de enero de 1992, los cuales han sido propuestos para el citado mes.
Aprobados los referidos índices por la Comisión delegada del Gobierno de Asuntos Económicos en su reunión del día 28 de mayo de 1992, a tenor de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer su publicación en la forma siguiente:
INDICE NACIONAL MANO DE OBRA ENERO 1992: 229,87
Indices de precios de materiales de la construcción
Península e islas Baleares - enero 1992 / Islas Canarias - enero 1992 Cemento 1.107,4 / 844,4
Cerámica 942,1 / 1.533,9
Maderas 1.142,3 / 947,7 Acero 561,6 / 942,5
Energía 1.226,0 / 1.545,8
Cobre 453,9 / 476,6
Aluminio 400,7 / 420,7
Ligantes 826,2 / 943,6
2. La serie de índices provinciales de mano de obra, finalizada en diciembre de 1985 y prolongada por la Orden de 25 de junio de 1986, se continúa durante el año 1992, para su aplicación en las revisiones de precios que lo requieran, con un índice de 276,64, sin perjuicio de recurrir, en su caso, al enlace previsto en el apartado 5 de la Orden de 13 de junio de 1980.
Lo que comunico a VV. EE.
para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 5 de junio de 1992.
SOLCHAGA CATALAN
Excmo. Sres....
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